Novedades para todos los autónomos
En los últimos meses, han aparecido diversas sentencias y noticias que suponen grandes cambios para los autónomos. Concretamente, son tres las más importantes a tener en cuenta
En primer lugar, el Tribunal Económico Administrativo (TEAC) sentencia que los autónomos pueden deducir el IVA de los suministros de su casa si trabajan en ella. Por lo tanto, si la vivienda afecta parcialmente a la actividad del autónomo, podrá deducirse la factura de luz, agua y gas.
Por otra parte, en otra sentencia del Tribunal Supremo, los autónomos ya pueden deducirse en la Renta los intereses de demora que pagan a la Administración. Hasta ahora, sólo podían hacerlo los societarios, pero los autónomos tendrán la posibilidad de deducir, a modo de pérdida patrimonial y con carácter retroactivo, los intereses de demora que les cargan cuando se retrasan en pagar a Hacienda o la Seguridad Social.
Como tercera novedad, proveniente de la Comisión Europea, pretende que las empresas no se demoren más de 30 días en pagar a sus proveedores con relaciones comerciales vigentes, siendo ahora el plazo máximo de 60 días.
Y en último lugar, referente al IVA, Hacienda eliminará la declaración obligatoria del IVA cada trimestre, una medida impuesta por la Unión Europea y que entrará en vigor el 1 de enero de 2025
Los enlaces de cada noticia, aquí:
Hacienda ya trabaja en quitar el IVA a los autónomos que ganen menos de 85.000 euros
La Comisión Europea quiere que se acote 30 días el plazo máximo de pago de las facturas